La Autoridad Marítima de Panamá (AMP), junto a los principales gremios marítimos y otras instituciones del estado, culminaron las reuniones para la revisión de la Ley 57 del 6 de agosto de 2008, conocida como Ley General de Marina Mercante.
11 mayo 2023 |
De acuerdo con el reporte oficial “dentro del marco de la revisión del modelo de negocio propuesto por esta administración, se determinó la necesidad de actualizar la Ley 57 a los estándares y necesidades de la industria y se llamó al dialogo nacional, ya que el Registro de Naves es una responsabilidad de todos y debemos mantenerlo como una fuente de divisas para los panameños”.
Se recordó que esta actualización y revisión inició en 2020, y para este año 2023, se plantea tener una revisión completa y una norma actualizada que brinde respuestas a sus clientes.
En este sentido, se logró incluir varios temas innovadores:
• La obtención de la Patente de Navegación a través de un proceso directo, sin necesidad de obtener una patente provisional de navegación.
• La eliminación de la fecha de vencimiento de la patente reglamentaria de navegación y la licencia de radio reglamentaria para las naves de servicio internacional, lo cual brinda beneficios al cliente y nos sitúa en una posición más competitiva en el mercado.
• La modificación del proceso de notificación dentro del marco administrativo de la Dirección General de Marina Mercante, permitiendo específicamente las notificaciones especiales por correo electrónico en lugar de los edictos colocados en el Departamento de Resoluciones y Consultas. Introduce agilidad y rapidez en los procesos administrativos.
• Se crea el Registro de Agentes Residentes de Naves de la Marina Mercante Nacional, lo cual permite identificar medidas que fortalecerán la debida diligencia y las obligaciones que deben cumplir en el ámbito internacional. Genera un mejor control y administración del recurso.
• Se establece la obligación de inscribir previamente el título de propiedad del vendedor de una nave dentro del procedimiento de cambio de propietario. Esto garantiza mayor transparencia y seguridad en las transacciones.
• Se refuerza la seguridad jurídica para los acreedores hipotecarios de las naves inscritas en Panamá. A partir de ahora, la cancelación de una nave no afectará la validez de las hipotecas previamente inscritas en la Dirección General de Registro Público de Propiedad de Naves de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP).