En la Gaceta Oficial se publicó ayer el Decreto Ejecutivo 1 de 4 de enero de 2023, con el cual se le otorga un plazo adicional para la cancelación de las obligaciones tributarias pagaderas al 31 de diciembre de 2022 y dicho plazo se extiende hasta el 13 de enero.
“Se concede un plazo adicional, hasta el viernes 13 de enero de 2023 para el pago de tributos que se causen o deban pagarse durante dicho periodo y que sean de competencia de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas, sin que ello conlleve a la generación y pago de intereses, recargos y multas” dice el artículo 1 del decreto.
Dentro del concepto de tributos sujetos a los beneficios, quedan incluidos los impuestos nacionales directos e indirectos, las tasas, las contribuciones especiales y otras deudas de dinero, líquidas y exigibles, que en cualquier concepto una persona natural o jurídica, así como los bienes inmuebles deban pagar ante la DGI del MEF con algunas excepciones.