La recién sancionada Ley 337 impulsará la generación de ingresos corrientes, principalmente tributarios, en beneficio del Estado, traduciéndose los mismos, en mayores inversiones y oportunidades de desarrollo social para la ciudadanía, indicó el viceministro de Finanzas Jorge Luis Almengor.
18 noviembre 2022 |
“A través de la gestión de la DGI, el gobierno del presidente de la República Laurentino Cortizo, busca generar un fortalecimiento de las capacidades administrativas de la institución, generando una cultura de pago tributaria”, reiteró Almengor.
Por su parte, el director general de la DGI, Publio De Gracia indicó que “los contribuyentes con procesos de reconsideración ante la institución, o en apelación ante el Tribunal Administrativo Tributario (TAT), tendrán por primera vez la oportunidad de llegar acuerdos de pagos, que faciliten el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”.
Mediante la legislación se establecen los parámetros para que los contribuyentes con procesos pendientes, paguen al 100% o realicen arreglos de pago que culminan el 31 de diciembre del 2022. Entre los que se encuentra, que los alivios tributarios aplican para cualquier contribuyente natural o jurídico, que no enfrenten procesos de investigación o condena por evasión fiscal.
De Gracia dio a conocer, que el alivio tributario impulsado por la Asamblea Nacional con el respaldo del Órgano Ejecutivo, “tiene como finalidad brindar un empuje a las principales actividades económicas afectadas durante el periodo de pandemia, que se encuentran en un proceso de recuperación”.
Sustentó, que con los acuerdos de pagos tributarios se busca mejorar la recaudación, y que las expectativas hacia los últimos meses del 2022, se estiman en B/. 150 millones.
A su vez establece un mecanismo, sobre obligaciones tributarias mayores de cincuenta mil balboas (B/. 50,000.00) que no se encuentren ejecutoriadas dentro de procesos de fiscalización o actos administrativos, con excepción de los contribuyentes investigados o condenados por evasión fiscal.
El proceso para la suscripción de Acuerdo de Pago Extraordinario tendrá como objeto del acuerdo, las obligaciones Tributarias que en etapa extraprocesal o intraprocesal, sean liquidadas a favor del Tesoro Nacional, incluyendo el valor nominal, recargos, intereses y multas.